Rendición de Cuentas

Ley Orgánica de Participación Ciudadana

Art. 89.- Definición: Se concibe la rendición de cuentas como un proceso sistemático, deliberado, interactivo y universal, que involucra a autoridades, funcionarias y funcionarios o sus representantes y representantes legales, según sea el caso, que estén obligadas u obligados a informar y someterse a evaluación de la ciudadanía por las acciones u omisiones en el ejercicio de su gestión y en la administración de recursos públicos.

INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS 2025 MARBAL EP

  • Invitación.
  • Recibo de Invitación a Evento de Deliberación Pública Balsas.
  • Recibo de Invitación a Evento de Deliberación Pública Marcabelí.
  • Asistentes al Evento de Deliberación Pública.
  • Detalle de Compras Públicas 2025
  • Informe de Rendición de Cuentas 2025 CPCCS.
  • Presentación Informe de Rendición de Cuentas 2025